- El Tribunal
Estatal Electoral otorga la razón al PRI y suspende la licencia temporal de la
presidenta municipal de Tecámac.
El Tribunal Electoral del Estado de
México declaró existente la vulneración al principio de imparcialidad atribuido
a la presidenta municipal de Tecámac, Mariela Gutiérrez Escalante, por pedir
licencia temporal para separarse de su cargo y participar en la campaña
electoral de Morena.
Al fijar su posición en torno a esta
resolución jurisdiccional, el Comité Directivo Estatal (CDE) del PRI lamentó
está violación a la vigente normatividad electoral que aplica al actual proceso
de renovación de la gubernatura mexiquense y dejó en claro que la licencia de
la alcaldesa queda sin efectos por mayoría de votos de los magistrados.
En su momento, el PRI denunció a la
presidenta municipal de Tecámac por la violación a los principios de
imparcialidad y neutralidad en la contienda, derivado de la publicación en la
red social Facebook en la que informó de su separación al cargo que ostentaba
para colaborar en la campaña de Delfina Gómez Álvarez.
Los magistrados determinaron que la
licencia que solicitó Mariela Gutiérrez para realizar proselitismo en favor de
Morena y su candidata resultaron en una transgresión normativa electoral.
Acorde al artículo 134 de la Constitución se detalla la línea jurisprudencial
sobre el servicio público y las causas por las que una solicitud de licencia no
convalida que pueda asistir a eventos proselitistas en días hábiles.
Aunque se haya pedido sin goce de
sueldo, dicha circunstancia no los provee de cobertura jurídica para incumplir
con sus obligaciones ni hace que el día sea inhábil para quien pidió licencia,
destacó el dirigente estatal del PRI, Eric Sevilla.
El hecho de que la presidenta municipal
quiera sumarse a una campaña, sin causa justificada y pasando por alto la razón
fundamental de la ostentación de un cargo de elección popular en detrimento de
los habitantes de Tecámac, “representa un fraude a la norma”.
Por tanto, dicho actuar es
evidentemente contrario a derecho pues pone en riesgo la equidad en la
elección al influir en la voluntad del electorado y, más aún, por el hecho de
que la licencia concedida no implica por sí mismo una desvinculación de la
alcaldesa de la administración municipal.
Al no justificarse la licencia temporal
de sesenta y seis días concedida a la denunciada para separarse del cargo que
ostenta, ya que ello constituye una vulneración a los principios de
imparcialidad y neutralidad, se deja sin efectos el acuerdo de la sesión de
cabildo que otorgó licencia para separarse del cargo a Mariela Gutiérrez
Escalante.
Visitar Galeria